Centro de Conciliación
MATERIAS CONCILIABLES
OBLIGATORIEDAD:
Artículo 6º de la Ley 26872 y Ley 27398 (1 de marzo del 2001):
Requisito de admisibilidad ante un proceso judicial en:
1. Materia civil:
- Desalojos
- Obligación de dar suma de dinero
- Cumplimiento de contrato
- Resolución de contrato
- Ofrecimiento de pago
- Indemnizaciones
- Obligación de dar suma de dinero
- Desalojos
- Obligación de dar suma de dinero por alquileres, mantenimiento y otros servicios.
- División y partición.
- Retracto
- Obligación de dar hacer o no hacer
- Indemnización de daños y perjuicios.
- Resolución de contrato.
- Liquidación de contrato.
- Ofrecimiento de pago
- Obligación de dar suma de dinero por facturas impagas.
- Obligación de dar suma de dinero por servicios impagos
2. Materia de familia:
- Pensión de alimentos (hijos, cónyuge y conviviente).
- Régimen de visitas.
- Tenencia.
- Aumento de pensión de alimentos (hijos, cónyuge y conviviente).
- Variación de régimen de visitas.
- Gasto de embarazo.
- Variación de tenencia.
3. Contrataciones del estado:
- Resolución de contrato
- Ampliación del plazo contractual
- Recepción y conformidad
- Valorización y metrado.
- Liquidación de contrato.
- Obligación posterior al pago.
- Resarcimiento de daños y perjuicios.
- Vicios ocultos