Centro de Conciliación

MATERIAS CONCILIABLES

OBLIGATORIEDAD:
Artículo 6º de la Ley 26872 y Ley 27398 (1 de marzo del 2001):
Requisito de admisibilidad ante un proceso judicial en:

1. Materia civil:

  • Desalojos
  • Obligación de dar suma de dinero
  • Cumplimiento de contrato
  • Resolución de contrato
  • Ofrecimiento de pago
  • Indemnizaciones
  • Obligación de dar suma de dinero
  • Desalojos
  • Obligación de dar suma de dinero por alquileres, mantenimiento y otros servicios.
  • División y partición.
  • Retracto
  • Obligación de dar hacer o no hacer
  • Indemnización de daños y perjuicios.
  • Resolución de contrato.
  • Liquidación de contrato.
  • Ofrecimiento de pago
  • Obligación de dar suma de dinero por facturas impagas.
  • Obligación de dar suma de dinero por servicios impagos

2. Materia de familia:

  • Pensión de alimentos (hijos, cónyuge y conviviente).
  • Régimen de visitas.
  • Tenencia.
  • Aumento de pensión de alimentos (hijos, cónyuge y conviviente).
  • Variación de régimen de visitas.
  • Gasto de embarazo.
  • Variación de tenencia.

3. Contrataciones del estado:

  • Resolución de contrato
  • Ampliación del plazo contractual
  • Recepción y conformidad
  • Valorización y metrado.
  • Liquidación de contrato.
  • Obligación posterior al pago.
  • Resarcimiento de daños y perjuicios.
  • Vicios ocultos